Antimonopolio, multa de 18 millones a seis empresas de alquiler de coches: “Cobros injustificados por multas y aparcamiento”

MILÁN – yoAntimonopolista Multa a empresas de alquiler de coches por un total de más de 18 millones de euros Avis Budget Italia, Hertz italiano, Centauro Rent a Car Italia, Movimiento Verde Italia, Rentar Y Alquiler Drivalia Leasys por cláusulas abusivas.

Según la Autoridad, las seis empresas impusieron “una tasa injustificada al cliente por la gestión de multas y el impago de aparcamientos o peajes”. La Autoridad también ordenó la eliminación de estas cláusulas de las formas contractuales “porque pueden provocar un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de los consumidores”.

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El Órgano impugna la cláusula, contenida en la documentación contractual adoptada por cada empresa y publicada en los sitios web de las respectivas empresas, que prevé la obligación del arrendatario del vehículo de pagar una suma global (la llamada “tarifa”) para gestionar los trámites administrativos relacionados. práctica a cada multa impuesta por infracción de tráfico o falta de pago de tarifas/peajes de estacionamiento durante el período de alquiler.

El importe adicional previsto en la cláusula -independientemente de la calificación adoptada por cada empresa (como “sanción” o “remuneración por servicio”)- “no se justifica a la luz de las obligaciones debidas en caso de multa imputable a la “Las empresas de alquiler de coches, de hecho, sólo tienen que transferir los datos de identificación de los clientes al organismo que investiga la infracción”, explica el Antimonopolio en una nota.

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“El carácter injustificado de esta tarifa también surgió independientemente del monto específico aplicado por la empresa y debido al carácter automático del cargo en la tarjeta de crédito del consumidor, en base a la preautorización proporcionada en el momento de la firma del contrato de alquiler” , especifica el Garante.

Tras la evaluación del carácter abusivo, cada empresa tiene la obligación de publicar un extracto de la disposición en el sitio web de su empresa. Además, como consecuencia de la entrada en vigor, a partir del 1 de febrero de 2022, de las nuevas facultades sancionadoras atribuidas a la Autoridad en materia de cláusulas abusivas – con base en la ley núm. 238/2021 y Decreto Legislativo.

Decreto Legislativo núm. 26/2023 – cada empresa fue condenada, además de pagar una multa administrativa, a eliminar la cláusula de su documentación contractual.