un decreto del gobierno cambia las reglas, aquí está la noticia

Llegan novedades sobre los impuestos registro, sucesiones y timbres. Según tenemos entendido, estaría listo un decreto legislativo sobre estas formas de recaudación de impuestos, en aplicación de la delegación sobre reforma fiscal. el decreto está en el orden del día de la reunión preparatoria, prevista para el lunes por la tarde, con vistas a la próxima reunión del Consejo de Ministros.

Noticias sobre donaciones y donaciones

En cuanto a los cambios respecto donaciónSegún se lee en el borrador del decreto (según los avances informados por la Agi), los cambios tienen como objetivo principal uniformar las normas existentes. Se incluye la disposición sobre la deducción de los impuestos pagados en el exterior sobre la propia donación y en relación con los bienes existentes. Se mantiene sustancialmente
Sin embargo, la disciplina de liberalidad. Se espera que
la evaluación de las donaciones indirectas sólo puede realizarse
cuando su existencia se desprenda de las declaraciones hechas por el interesado
en el marco de procedimientos destinados a la determinación de impuestos. En estos casos se aplica la tasa del ocho por ciento. Además, también se introduce la exclusión de tributación de las donaciones de uso.

Herencia y fideicomisos: así cambian las reglas

En materia de sucesión, el proyecto de decreto define las reglas de territorialidad de las transferencias derivados de fideicomisos y otras limitaciones de destino. Si la persona que constituye el fideicomiso es residente en el Estado al momento de la separación de bienes, el impuesto se deberá pagar sobre todos los bienes y derechos transferidos a los beneficiarios. Sin embargo, si el fideicomitente no reside en Italia en el momento de la separación de bienes, el impuesto se deberá únicamente sobre los bienes y derechos transferidos al beneficiario presentes en el territorio del Estado. En el caso de fideicomisos testamentarios, el fideicomitente también podrá pagar el impuesto de forma voluntaria y anticipada, al momento de transferir los bienes o abrir la sucesión. El impuesto será liquidado y pagado directamente por el contribuyente, sin esperar el pago y el envío del aviso de la Agencia Tributaria.

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