Música alta del vecino, cuáles son los límites y cómo defenderse

El vecino sostiene el musica muy alta y perturbar el sueño, asustar a las mascotas o imposibilitar la realización de las actividades diarias. ¿Hasta qué punto se puede tolerar tal comportamiento? Estas son las disposiciones de la ley y cómo puede defenderse.

¿Cuáles son los límites de la música del vecino?

Para entender más allá de qué umbral no se puede tolerar la música del vecino y se puede hacer una intervención legal, es necesario recordar el concepto de tolerabilidad normal. Es una convención legal, necesaria precisamente para definir los límites dentro de los cuales se pueden tolerar el ruido, pero también otras inmisiones.

Evidentemente, de hecho, uno no puede simplemente prohibir a aquellos que tienen vecinos que limiten completamente las entradas, por ejemplo de no escuches musica. Tal medida, como es de suponer, limitaría la libertad personal de todos y les impediría disfrutar sin condicionamientos de la vivienda y su función. Por eso se define el umbral de tolerabilidad normalindicando con este término una cantidad importante de entradas pero no suficiente para justificar una solicitud de cesación.

El libertad respectivos vecinos deben coexistir necesariamente en una relación equilibrada, por lo que se sobreentiende una cierta paciencia mutua, que se podría definir como la vida sencilla y tranquila. Una forma de tolerancia que en realidad pertenece a todos los campos de una vida social ordenada y, por lo tanto, no es evitable. Básicamente, solo se pueden emprender acciones legales cuando la música que proviene de la casa del vecino es tan alta que supera el umbral de tolerabilidad normal.

¿Cómo se establece la tolerancia normal?

Por la propia naturaleza del concepto de tolerabilidad normal, está claro que es una forma convencional, que no puede prever parámetros rígidos y generales. Al mismo tiempo, el nivel de tolerancia personal de cada individuo no puede utilizarse como criterio, porque tal elección sería verdaderamente discriminatoria e impondría, por ejemplo, a los sujetos más pacientes a soportar más.

Entonces, ¿cómo identifica la tolerabilidad normal? En principio, este umbral se identifica por juez llamado para tratar el caso concreto, pero no puede determinarse de manera arbitraria. De hecho, la evaluación debe basarse en elementos lo más objetivos posibles, además de tener en cuenta de alguna manera la sentido común hábitos comunes y más difundidos. Los principales parámetros que influyen en el umbral de tolerabilidad normal, específicamente en relación con la música, pero aplicables también de forma más generalizada, son por tanto:

  • Intensidad y duración de la música.
  • Horas en el que el vecino escucha música.
  • Uso previsto del inmueble del vecino y del sujeto perturbado.
  • Condiciones ambientales.
  • Cualquier normativa y zonificación de ruido que determine el municipio.
  • Evaluación de técnicos competentes.

Solo la evaluación global de todos estos elementos permite rastrear la tolerabilidad normal del caso, es decir, el umbral de tolerancia que se espera de esos residentes específicos. Allá música alta en la noche, por ejemplo, es ciertamente más problemática que la diurna. Al mismo tiempo, si el entorno es naturalmente y desde un punto de vista urbano muy ruidoso, incluso la música se vuelve menos perceptible y molesta, y así sucesivamente.

En cualquier caso, la evaluación se simplifica por la presencia de ordenanzas municipales, especialmente si hay una división en zonas, a cada una de las cuales se le asigna un cierto umbral de decibelios. Para superar las oposiciones, el sujeto perturbado por la música del vecino puede aprovechar una medida técnica certificada mediante un test.

Cómo defenderse si el vecino pone la música muy alta

Habiendo establecido cómo se establece el parámetro dentro del cual la música es realmente demasiado alta, ¿cómo es posible intervenir? En la mayoría de los casos la solución está representada por una caso civilque se puede solicitar con elasistencia legala través del cual es posible obtener el cese del hábito del prójimo y una posible compensación por los perjuicios sufridos.

Sin embargo, cuando la música es de tal nivel que molesta no solo al vecino sino a todo el condominio y quizás a otras personas, la ofensa podría configurarse, en particular el perturbación de la paz pública. En estos casos es posible llamar al policía de acción inmediata, a la que -si las circunstancias lo permiten- le seguirá un proceso penal, en el que los vecinos perturbados podrán formar parte civil para pedir una indemnización. Otra posibilidad es contactar al administrador del condominio, quien aplicará las disposiciones del reglamento del condominio al respecto.

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