Aportación de 30 mil euros para quienes compren una casa en la provincia de Livorno

Aportación de 30 mil euros para quienes compren una casa en la provincia de Livorno
Aportación de 30 mil euros para quienes compren una casa en la provincia de Livorno

De Capraia a Sassetta, pasando por Marciana, Campo nell’Elba, Porto Azzurro y Capoliveri. Estos son los seis municipios de la provincia de Livorno incluidos en la posibilidad de acceder a una contribución máxima de 30 mil euros destinado a la compra de una propiedad, con la obligación de transferirnos su propiedad residencia o el residencia habitual. Esta es la medida prevista por la Región de Toscana, en el marco del concurso ‘Residencialidad en la montaña 2024’, que prevé hacer frente a la progresiva despoblación de determinadas zonas de nuestra provincia. En total, hay 76 municipios incluidos en la lista, clasificados por índice de dificultad. En cuanto a los de la zona de Livorno, van desde Capraia (88), luego Sassetta (84), Marciana (67), Campo nell’Elba (66), Porto Azzurro (65) y Capoliveri (60). Todas realidades, como se indica en el aviso, con menos de 5 mil habitantes. La Región ha destinado 2,8 millones de euros para esta medida, el importe mínimo que se puede solicitar por cada solicitud es de 10 mil euros y el máximo de 30 mil euros. El importe máximo de la contribución, que se refiere únicamente a inmuebles para uso residencial, no puede en ningún caso ser superior al 50% del importe total de los gastos relacionados con la compra del inmueble y sus accesorios.

El plazo de presentación de solicitudes se ha fijado para el 27 de julio, pero ¿cuáles son los requisitos? Ser mayor de edad, ciudadano italiano o de la UE o de fuera de la UE con un permiso de residencia de al menos 10 años de duración y residir en un municipio italiano no se aplican a los últimos datos oficiales de Istat. El objetivo de la intervención, tal y como se especifica en el comunicado, es precisamente fomentar y favorecer la repoblación y revitalización socioeconómica de las zonas de montaña, actuando en contraposición a la marginación de estas zonas. Las personas físicas que adquieran, después de la fecha de publicación en el Burt del decreto por el que se aprueba la licitación, es decir, a partir del pasado 12 de junio, el derecho de propiedad de un inmueble destinado a uso residencial, identificado en el registro de la propiedad como tal y ya existente, puede aplicarse en la fecha de publicación en el Burt del decreto que aprueba la licitación, documentado mediante escritura notarial de compraventa o mediante escritura judicial de transferencia del inmueble (en el caso de inmuebles adjudicados en subasta judicial), incluso. cualquier accesorio relacionado.

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