Lazio: Calendario de caza 2024 – 2025 aprobado

La Región del Lacio ha aprobado oficialmente el Calendario de Caza 2024 – 2025. La aprobación, mediante decreto del presidente de la región del Lacio, Francesco Rocca, a propuesta del concejal de Caza y Pesca, Giancarlo Righini, llegó el lunes 17 de junio. A continuación informamos los contenidos explicados por una nota regional:

La temporada comenzará el 15 de septiembre de 2024 y finalizará el 30 de enero de 2025. Durante todo el período se permitirá la caza tres días a la semana, que el titular de la licencia podrá elegir entre lunes, miércoles, jueves, sábado y domingo. Durante la temporada, se permite la caza en los períodos y para las especies cinegéticas que se indican a continuación:

  • Del 15 de septiembre de 2024 al 31 de octubre de 2024: codorniz
  • Del 15 de septiembre de 2024 al 9 de diciembre de 2024: liebre europea
  • Del 15 de septiembre de 2024 al 30 de diciembre de 2024: conejo de monte, faisán, mirlo
  • Del 15 de septiembre de 2024 al 30 de enero de 2025: cerceta común, agachadiza, ánade ánade, pato rabudo, paloma torcaz, cuervo torcaz, silbón europeo, focha, focha, polla de agua, urraca, ánade real, arrendajo, garganey, cuchara cuchara, porrón, rascón acuático, zorro
  • Del 2 de octubre de 2024 al 30 de diciembre de 2024: alondra
  • Del 2 de octubre al 30 de enero de 2025: becada, zorzal, zorzal común, ala roja
  • Del 2 de octubre de 2024 al 30 de noviembre de 2024: perdiz (en las zonas donde se ha comprobado la estabilización de las poblaciones introducidas y en las zonas sujetas a gestión activa, según los proyectos ATC)
  • Del 2 de noviembre de 2024 al 30 de enero de 2025: jabalí

Allá caza de jabalí se permite: en las “Zonas Aptas” asignadas a las partidas de caza de jabalí en caza y tiro; en las “Zonas Blancas” (áreas no asignadas a equipos autorizados de caza de jabalí), donde se permite la caza de jabalí a cazadores no registrados en equipos autorizados de caza de jabalí en condiciones de caza y redondeo.

El número máximo de días, que para la temporada de caza 2024-2025 es igual a 39, la utilización real de días de caza para la especie de jabalí en las “Zonas aptas” y en las “Zonas blancas” se modula de la siguiente manera: 2, 3 6, 9, 10, 13, 16, 17, 20, 23, 24, 27, 30 de noviembre; 1, 4, 7, 8, 11, 14, 15, 18, 21, 22, 26, 28, 29 de diciembre; 4, 5, 6, 11, 12, 15, 18, 19, 22, 25, 26, 29, 30 de enero.

Posteriormente, con disposición aparte, se adoptará el reglamento de gestión de la especie de jabalí, que regula las zonas y métodos adecuados para la realización de la caza del jabalí para la temporada de caza 2024-2025.

Se permite la recolección de la especie faisán desde el 15 de septiembre de 2024 al 30 de enero de 2025 en las empresas cinegéticas de fauna silvestre, que reportan la especie en la dirección de fauna silvestre según las previsiones contenidas en los planes de muestreo de la Dirección Regional. Y en las áreas sujetas a intervenciones de gestión según lo establecido en los planes de retiro propuestos por la ATC y aprobados por la Dirección Regional.

La captura de corzo, ciervo, gamo y muflón sólo puede realizarse en modalidad de caza selectiva y está permitida en las empresas cinegéticas de fauna que inscriban estas especies en la dirección de fauna según los calendarios indicados por el ISPRA. Estando en el territorio de la ATC y en las Empresas de Caza de Vida Silvestre, que no tengan estas especies en manejo de vida silvestre, puedo recibir autorizaciones.

Por último, mediante una disposición posterior, se regulará la caza en la parte Lacio del Parque Nacional de Abruzos, Lacio y Molise y en la Isla de Ponza. Donde también se aprobarán medidas específicas para proteger al oso pardo de Marsican que se aplicarán en la zona crítica: Montes Cicolano, Montes Ernici, zona adyacente al Parque Nacional de Abruzzo, Lazio y Molise y en las Zonas Especiales de Conservación con presencia de oso pardo. .

Carnieri

Durante toda la temporada de caza 2024/2025, cada cazador podrá matar un total de: no más de cinco cabezas por cada especie de: liebre europea y perdiz gris; no más de diez cabezas de pato real; no más de veinte cabezas por cada especie de: becada, faisán; no más de veinticinco cabezas de cada especie de: cerceta, agachadiza, ánade, rabudo, azotador, garganey, cuchara cuchara, codorniz; no más de cincuenta cabezas de cada especie de: alondra, silbón, focha y no más de cien cabezas de la especie de alas rojas.


Para cazar, el cazador deberá disponer de una tarjeta de caza, válida en todo el territorio nacional. Mientras que, para el retiro de selección se requiere una tarjeta específica.

Ir al texto del Calendario de Caza del Lacio 2024 – 2025

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