La Autoridad Territorial de Salud de Ancona ha adoptado un nuevo reglamento por otorgar patrocinio y por el uso del logotipo de la empresa.
El otorgamiento de mecenazgo representa la forma de máximo reconocimiento moral a través de la cual la Dirección Estratégica de AST expresa la adhesión simbólica a entidades/asociaciones/iniciativas sin fines de lucro, que sean consistentes con los principios institucionales de la Compañía, que aporten un importante aporte científico, cultural , aporte social e informativo.
Por tanto, se concede patrocinio a iniciativas cuyos contenidos sean coherentes con los objetivos generales de la Compañía, en ausencia de conflicto de intereses y otras prerrogativas mejor especificadas en el reglamento aprobado y publicado en el sitio web institucional. La solicitud de concesión de mecenazgo deberá dirigirse al Director General de la Sociedad y deberá recibirse con la antelación suficiente para su evaluación y, en todo caso, al menos con 45 días de antelación al evento a que se refiere.
Las solicitudes deben enviarse exclusivamente por correo electrónico a la Dirección de Comunicación, Formación y URP de AST Ancona a la dirección: [email protected].
Para descargar el reglamento y la documentación a completar para postularse, haga clic en el siguiente enlace: https://www.asur.marche.it/web/portal/-/patrocinio-e-uso-logo-ast-anco-1
Sigue leyendo y comenta