Lamezia, director Manzoni-Augruso: ‘La laicidad de la escuela es garantía de libertad y de integración’

Lamezia, director Manzoni-Augruso: ‘La laicidad de la escuela es garantía de libertad y de integración’
Lamezia, director Manzoni-Augruso: ‘La laicidad de la escuela es garantía de libertad y de integración’

Lamezia Terme – “Una página importante para la comunidad escolar del instituto Manzoni-Augruso representó el intercambio colegiado del documento sobre la laicidad de la escuela”, elaborado por la directora Antonella Mongiardo, informado también por el sitio nacional de información escolar “ La técnica de la escuela”. El documento – afirman – recoge las peticiones de una comunidad escolar que expresa apego a sus propias tradiciones pero, al mismo tiempo, considera la diversidad de culturas, tradiciones y confesiones religiosas un recurso precioso para el crecimiento cultural y humano. Desde esta perspectiva, el secularismo no se ve como la ausencia de religión, sino exactamente lo contrario.

“¿Qué significa el secularismo en las escuelas? Una cuestión aparentemente sencilla – se lee en el documento – que a lo largo de los años ha pasado por corrientes de pensamiento diferentes y, a veces, opuestas, hasta llegar, en los últimos tiempos, a interpretaciones restrictivas y engañosas que identifican el laicismo con la ausencia de religión en escuelas . Este es el principio del documento, “que no es un reglamento escolar en sentido estricto – explica la directora Antonella Mongiardo – sino una reconstrucción pedagógica y normativa del verdadero significado de laicidad, que no debe entenderse como indiferencia hacia la religión, sino más bien como garantía de libertad de pensamiento y de integración cultural”. En el amplio examen, que fue compartido por unanimidad tanto por el Consejo Docente como por el Consejo del Instituto del IC Manzoni-Augruso, se aclara que “el Estado laico es aquel que reconoce la igualdad de todas las confesiones religiosas, sin conceder privilegios o reconocimientos particulares a cualquiera de ellos, y que reafirma su autonomía respecto del poder eclesiástico, y que el laicismo se identifica con una concepción más amplia y comprensiva de la cultura y de la vida civil, basada en la tolerancia integral de las creencias ajenas, en el rechazo del dogmatismo en cada sector de la vida asociada, incluso más allá de la influencia directa de la institución religiosa dominante. En una realidad social como la actual – leemos – donde el hundimiento de los valores éticos y la afirmación de nuevos estilos educativos, a veces cuestionables, interfieren a menudo en la acción educativa de la escuela, es cada vez más difícil alcanzar esa deseada cooperación educativa. responsabilidad entre la escuela y la familia, que debe ser la base del desarrollo de la identidad de los jóvenes. Las nuevas generaciones crecen en una época en la que la frontera entre roles y responsabilidades se vuelve cada vez más difusa, con la consiguiente pérdida de autoridad, tanto de la escuela como de la familia, que deben ser, sin embargo, los dos puestos de avanzada más importantes de los pedagogos. de la sociedad. Es precisamente en la perspectiva de una recuperación de los valores y de una alianza más fuerte entre escuela y familia que se inserta la dimensión social del elemento religioso en la escuela. Y no podría ser de otra manera, ya que impregna toda nuestra tradición cultural, nuestra sociedad, nuestros valores y nuestras lenguas”.

Por otra parte, la enseñanza de la religión católica es una disciplina institucional, presente en las escuelas públicas y muchas veces confiada a religiosos aprobados por la autoridad eclesiástica. Una enseñanza que, a pesar de la sucesión de gobiernos y diferentes formas de Estado, nunca ha fallado. Desde la unificación de Italia hasta hoy, esta disciplina particular siempre ha sido una parte integral del proyecto educativo de la educación nacional. “Además, el significado de su presencia en la escuela es evidente – leemos en una nota. En el ámbito puramente educativo, eliminar la religión católica significaría vaciar nuestra cultura, ya que el patrimonio cultural y artístico de nuestro país guarda tesoros invaluables en gran medida de temática católico-cristiana; y significaría distorsionar nuestra propia identidad histórica, que se ha forjado a lo largo de los siglos en estrecho contacto con la doctrina católica”.

El rector Mongiardo señala que “en la propia legislación escolar, la religión católica juega un papel fundamental y constructivo para la convivencia civil, ya que permite captar aspectos importantes de la identidad cultural de pertenencia y ayuda a las relaciones entre personas de diferentes culturas y religiones”. Como prueba de ello, el rector subraya que “la única referencia explícita a la laicidad de la escuela se encuentra en las Indicaciones Nacionales del currículo, donde se habla de la enseñanza de la religión católica, pero no para limitarla, sino para salvaguardar el derecho del estudiante a no hacer uso de él, resaltando así el significado real de la laicidad en la escuela. Una laicidad que no se base en la indiferencia hacia los valores religiosos, sino que, por el contrario, refuerce la función educativa de la escuela, encaminada también a respetar las elecciones y la integración de las diferentes culturas”.

“La Escuela Italiana – leemos en las Adiciones a las Indicaciones para el plan de estudios de la escuela infantil y del primer ciclo de educación – se sirve de la colaboración de la Iglesia católica para dar a conocer los principios del catolicismo a todos los estudiantes que deseen aprovecharlos. ellos mismos de esta oportunidad. La enseñanza de la religión católica (Irc), al tiempo que ofrece un primer conocimiento de los datos histórico-positivos de la Revelación cristiana, favorece y acompaña el desarrollo intelectual y de todos los demás aspectos de la persona, a través del análisis crítico en profundidad de las cuestiones fundamentales que plantea la vida. Por este motivo, como expresión del carácter laico del Estado, el IRC se ofrece a todos como una preciosa oportunidad para el conocimiento del cristianismo, como raíz de gran parte de la cultura italiana y europea. Teniendo en cuenta lo establecido en el acuerdo, respetando la libertad de conciencia, se da a los estudiantes la posibilidad de hacer uso o no del IRC”. Pero el significado “secular” de la enseñanza religiosa en las escuelas, continúa la nota, “también tiene una base jurídica. El principio de laicidad del Estado, tal como lo recoge la jurisprudencia constitucional, es la síntesis de varias disposiciones constitucionales, es decir, artículos. 2-3, 7-8, 19 y 20 de la Constitución, donde adquiere un papel central “la protección de la libertad religiosa en un régimen de pluralismo religioso y cultural” (Tribunal Const., sentencia núm. 203 de 1989). El principio de libertad de elección fue recordado por el Tribunal Constitucional en la sentencia núm. 203/1989. El documento también da cuenta de la jurisprudencia relativa a la legitimidad de las bendiciones o actos de culto en las escuelas. El Consejo de Estado, mediante sentencia n.º 1388, de 27 de marzo de 2017, reconoce la posibilidad de realizar bendiciones religiosas en la escuela durante las horas extraescolares. Al mismo tiempo, sin embargo, el CdS impone límites muy específicos a la actividad religiosa en la escuela, conciliando el principio de laicidad de la escuela con la libertad de participación en iniciativas culturales o de expresión religiosa y garantizando la autoridad del ejercicio de la autonomía escolar.

El Consejo de Estado precisa: “este ritual – que tuvo lugar en la escuela pero fuera del horario escolar – debe ser aceptado como una actividad extraescolar y el carácter religioso del evento no puede considerarse un elemento discriminatorio”. Por tanto, se informa del paso final de la sentencia de CdS: “Como es sabido, la bendición pascual es un rito religioso, encaminado al encuentro entre quienes ejercen el ministerio pastoral y las familias u otras comunidades, en los lugares donde residen, caracterizado por la brevedad y la sencillez, sin necesidad de especiales preparativos. La finalidad de este rito, para quienes comparten su significado íntimo y aceptan su práctica, es también recordar la presencia de Dios en los lugares donde se vive o trabaja, subrayando la estrecha correlación con las personas que por este motivo frecuentan. De hecho, la bendición del local por sí sola no tendría sentido, sin la presencia de los miembros de las comunidades de creyentes correspondientes, ya que este evento no puede dar lugar a una práctica de superstición. Este rito, por tanto, para quienes pretenden practicarlo, tiene sentido al celebrarse en un lugar concreto, mientras que no tendría sentido (o, en todo caso, el mismo sentido) si se celebrara en otro lugar; y esto explica por qué se puede pedir que se realice en las escuelas, en presencia de quienes lo consientan y fuera del horario escolar, sin que ello pueda dañar en lo más mínimo, ni siquiera indirectamente, los pensamientos o sentimientos, religiosos o no, de cualquier otra persona que, aunque pertenezca a la misma comunidad, no comparta ese mismo pensamiento y que, por tanto, al no participar en el evento, no pueda en ningún sentido sentirse perjudicado por él. Por tanto, hay que concluir que la “bendición pascual” en las escuelas no puede afectar en modo alguno a la enseñanza y a la vida escolar en general. Y esto no se diferencia de las diversas actividades “paraescolares” que, además, pueden ser planificadas o autorizadas por los órganos autónomos de cada escuela, incluso sin una resolución formal”. Evidentemente, la participación en cualquier acto o rito religioso (ya sea en la escuela o en cualquier otro lugar) sólo puede ser optativa y gratuita, pues no puede dejar de disfrutar, por el solo hecho de serlo, de menos espacios de libertad y de menos respeto que los que se reconocen en las manifestaciones. de otras clases, así como tolerantes con quienes expresan sentimientos y creencias diferentes, o con quienes no expresan ni manifiestan fe alguna”.

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