Powerflor de Molfetta (Ba), resultado negativo de la EIA para la conversión de electricidad a gas

Powerflor de Molfetta (Ba), resultado negativo de la EIA para la conversión de electricidad a gas
Powerflor de Molfetta (Ba), resultado negativo de la EIA para la conversión de electricidad a gas

Ortofoto de la zona y de la planta de gas, de Google Earth

Evaluación de Impacto Ambiental (PNIEC-PNRR): dictamen ‘negativo’ sobre la conversión a gas natural de la planta de producción de electricidad Powerflor Srl en Molfetta (Ba)

Roma-El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PNIEC-PNRR) relativo al proyecto “Conversión a gas natural de la planta de producción de electricidad de Powerflor Srl en Molfetta (Ba)”.

La Comisión Técnica de Verificación del Impacto Ambiental – EIA y SEA – comunica en su dictamen que la central fue autorizada por la Región de Puglia con el DD n. 1379 del 29/09/2006, según Decreto Legislativo. norte. 387/2003 y con posterior DD n. 19 de 2008 y n. 283 de 2010, y que actualmente, por elección empresarial, la planta no se encuentra en operación.

El proyecto se refiere a una central eléctrica existente, inactiva desde 2018 e implica la sustitución de los motogeneradores existentes de la central termoeléctrica Powerflor, alimentados por biomasa líquida (aceites vegetales), por nuevos motogeneradores alimentados por gas natural.

En esencia, el proyecto consiste en la conversión al gas natural de la planta de producción eléctrica existente de la empresa Powerflor Srl, en el campo de Molfetta (BA), con la adaptación de las plantas existentes, ubicadas dentro de un asentamiento industrial ya equipado con todas las estructuras. , obras y servicios funcionales a su funcionamiento. Por lo tanto, no son necesarias nuevas obras de construcción, ya que están previstas las siguientes intervenciones: – sustitución de los motogeneradores alimentados con biolíquido por motores endotérmicos alimentados con metano, de dimensiones y pesos comparables y que, por tanto, se colocarán sobre las bases existentes;  adaptación de la cabina de reducción de gas metano;  adaptación de la red interna de gas al polígono industrial con una pequeña intervención en las tuberías existentes.

Claramente, la Comisión Técnica concluye que, si bien la central eléctrica actualmente autorizada contribuyó favorablemente al equilibrio de CO2 al permitir la producción de energía reduciendo las emisiones de gases que alteran el clima, sin contribuir en modo alguno a su aumento, la propuesta de proyecto que es la objeto de este dictamen prevé, por el contrario, un delta incremental de CO2 producido por combustibles fósiles que, además de producir un impacto en el presupuesto global, compromete significativamente las vías nacionales para alcanzar los objetivos eurounitarios, convirtiendo una planta excluida del RCDE UE Directiva -al funcionar con ‘biomasa’- en una central alimentada con combustibles fósiles con una potencia superior a 35MWt y, por tanto, sujeta a dicha Directiva.

La modificación estructural propuesta, ya que está dirigida esencialmente a transformar una central eléctrica, como la autorizada entonces, de una central alimentada originalmente con biocombustibles y situada en una zona agrícola clasificada, a una que quema gas metano, es por lo tanto, en marcado contraste con los principales objetivos prefigurados por el PNIEC (Plan Nacional Integrado de Energía y Clima) que imponen, en cambio, la reducción de las emisiones de CO2 de fuentes fósiles y, por lo tanto, representa el principal, aunque no el único, impacto significativo y negativo relevante que lleva a evaluar como el proyecto presentado es ambientalmente incompatible e insostenible. Las plantas afectadas por el proyecto, de hecho, pasarían de potencia de “factor cero” para el ETS a potencia sujeta a la mencionada reducción prevista por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.

Abel Carruezzo

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