En Sarzana no se permite la apertura de tiendas abiertas por la tarde y por la noche.

En Sarzana no se permite la apertura de tiendas abiertas por la tarde y por la noche.
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Suspender la apertura vespertina y nocturna de los comercios abiertos (venta al por menor mediante máquinas expendedoras en locales específicamente designados) – de 20.00 a 8.00 horas – situados en via Gori en el período comprendido entre el 26 de abril y el 31 de agosto de 2024.

Así lo decidió con la ordenanza contingente y urgente n° 8 de la alcaldesa de Sarzana, Cristina Ponzanelli, quien en el acto recuerda “la facultad de adoptar ordenanzas, en relación con la necesidad urgente de intervenciones destinadas a superar situaciones de grave abandono o degradación del territorio”. , del medio ambiente y del patrimonio cultural o del perjuicio al decoro urbano y a la habitabilidad, con especial referencia a las necesidades de protección de la tranquilidad y el descanso de los residentes, interviniendo también en materia de horarios de venta, incluida la comida para llevar, y la administración de bebidas alcohólicas y espíritu.”

El primer ciudadano tomó la decisión reconociendo “la situación de degradación y peligrosidad para la seguridad que representa la Policía Local y, reiteradamente confirmada por numerosos ciudadanos, relativa al uso indebido de locales no vigilados destinados a la venta automática de bebidas las 24 horas del día, en los que se encuentran estacionadas personas en estado de grave alteración psicofísica y donde se abandonan desechos y excrementos y se producen episodios de perturbación del orden público y daños a la seguridad urbana”.

Para proteger los valores de seguridad pública, tranquilidad, descanso y salud de los ciudadanos, así como el descanso y la habitabilidad urbana, también con fines de prevención y lucha contra los delitos, el alcalde ha adoptado la disposición en espera de la implementación de medidas que puedan desalentar definitivamente los fenómenos previstos, como, por ejemplo, la instalación de cámaras de videovigilancia.

La orden ejecutiva fue enviada inmediatamente a la Prefectura de La Spezia, a la Jefatura de Policía de La Spezia, a la Policía, a la Policía Local y a las asociaciones profesionales implicadas.

El incumplimiento de la ordenanza, salvo que el hecho constituya un delito, se castiga con una multa administrativa fija de 300 euros; en casos de incumplimiento reiterado el Comisario de Policía podrá ordenar la aplicación de la medida de suspensión de la actividad.

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